Funciones de los Coordinadores

Funciones de los Coordinadores, para las provincias.

COORDINADORES INTERESCOLARES

Los “Coordinadores Interescolares” deberán cumplir las siguientes tareas y tendrán los derechos, responsabilidades y obligaciones que surgen del presente documento.

La función de los COORDINADORES INTERESCOLARES, es asistir al Coordinador Provincial en el desarrollo de la “Instancia Interescolar”, organizando y coordinando los pasos que se detallan en el presente “Instructivo”. Es también el Representante, a través del Coordinador Provincial, del Director de la O.I.A. en la Ciudad y zonas de influencia para la que fue designado.

TAREAS:

  1. Efectuará, con la colaboración de las autoridades educacionales de la zona, un relevamiento de los Colegios de enseñanza media, estatal y privados la ciudad y zona de influencia para la que fue designado/a.
  2. Difundirá en los colegios de su zona de responsabilidad (relevados según el punto 1) las características de la fase Interescolar de la Olimpíada y las condiciones de la misma, mas cualquier otra información que le sea requerida por las autoridades de los colegios que participan en esta fase.
  3. Seleccionará y designará el “Comité Olímpico Interescolar”, constituido por 5 (cinco) miembros de reconocido prestigio y en lo posible pertenecientes a colegios participantes en esta fase de la Olimpíada, asumiendo como coordinador interescolar, la Presidencia del mencionado Comité.
  4. Conformado el Comité Olímpico Interescolar, el mismo procederá a seleccionar y designar un “Jurado Olímpico Interescolar” integrado por 3 (tres) miembros de reconocido prestigio y conocimientos de informática, para cumplir con idoneidad su tarea.
    Será la Función de este Jurado, seleccionar los problemas destinados al Certamen Interescolar, evaluar los resultados, definir Orden de Mérito y promover a la instancia siguiente los tres mejores alumnos o equipos de cada nivel. Su fallo será “INAPELABLE”.
  5. El Comité Olímpico Interescolar, definirá:
    • Fecha de realización del Certamen (Dentro del Cronograma establecido por la O.I.A.).
    • Lugar (Escuela, Colegio o Universidad) que posea la infraestructura necesaria para el desarrollo del certamen.
    • Colaborará con el Jurado en la selección de los problemas, para ser presentados en el certamen.
  6. Para la programación del “Certamen Interescolar”, se deberá tener en cuenta que los alumnos que participarán, son los seleccionados por cada colegio de la ciudad y zona de influencia y en la cantidad máxima que establece el Art.10 del Reglamento General de la O.I.A.
  7. Cada Escuela o Colegio cumplirá la etapa Escolar, y una vez realizada (con el método de selección que defina cada establecimiento), deberá remitir la lista de los alumnos seleccionados al Coordinador Interescolar, para encarar la organización del “Certamen Interescolar” de acuerdo con el punto 6 precedente.
  8. El resultado del “Certamen Interescolar”, será la selección de:
    • los 3 (tres) mejores alumnos o equipos de cada Nivel, según la Categoría
      Estos serán los representantes de la Ciudad y zona de influencia para el “Certamen Provincial”.
  9. El Coordinador Interescolar deberá (como representante del Director de la O.I.A., a través del Coordinador Provincial) mantener un fluido contacto con dicho Coordinador a quien informará sobre el desarrollo de la Organización a su cargo y le remitirá los resultados del Certamen.
  10. También recibirá de la Dirección, y a través del Coordinador Provincial el apoyo que requiera en lo relacionado a dudas sobre temas puntuales, conflictos que se presenten, dudas de interpretación del “REGLAMENTO”, problemas para entrenamiento y práctica de participantes y cualquier otro que pueda presentarse.
  11. El personal que participe en el Certamen cumpliendo las funciones que se detallan, recibirá una nota de “Designación” de la Coordinación Provincial y un “CERTIFICADO” de la Dirección de la O.I.A. en el que se menciona la función que ha desempeñado.
    1. Coordinador Interescolar y Presidente del Comité Olímpico Interescolar (1).
    2. Miembro del Comité Olímpico Interescolar (5).
    3. Miembro del Jurado Olímpico Interescolar (3).

Asimismo, los 3 (tres) alumnos o equipos seleccionados de cada nivel según la categoría, recibirán el DIPLOMA correspondiente al Orden de Mérito obtenido y el resto un CERTIFICADO de participación.

COORDINADORES PROVINCIALES

Los “Coordinadores Provinciales” deberán cumplir las siguientes tareas y tendrán los derechos, responsabilidades y obligaciones que surgen del presente documento.

La función del COORDINADOR PROVINCIAL, es asistir al Director de la O.I.A. en el desarrollo de la “Instancia Provincial”, organizando y coordinando los pasos que se detallan en el presente “Instructivo”. Es también el Representante del Director de la O.I.A. en la Provincia para la que fue designado.

TAREAS:

  1. Se contactará con los Coordinadores Interescolares, a los efectos de obtener el listado de los colegios correspondientes a las ciudades y zonas de influencia de la Provincia.
  2. Difundirá a los Coordinadores Interescolares las características de la fase Provincial de la Olimpíada y las condiciones de la misma, mas cualquier otra información que le sea requerida por los que participan en esta fase.
  3. Seleccionará y designará el “Comité Olímpico Provincial”, constituido por 5 (cinco) miembros de reconocido prestigio y en lo posible pertenecientes a colegios participantes en esta fase de la Olimpíada, asumiendo como coordinador provincial, la Presidencia del mencionado Comité.
  4. Conformado el Comité Olímpico Provincial, el mismo procederá a seleccionar y designar un “Jurado Olímpico Provincial” integrado por 3 (tres) miembros de reconocido prestigio y conocimientos de informática, para cumplir con idoneidad su tarea.
    Será la Función de este Jurado, seleccionar los problemas destinados al Certamen Provincial, evaluar los resultados, definir Orden de Mérito y promover a la instancia siguiente los tres mejores alumnos o equipos de cada nivel. Su fallo será “INAPELABLE”.
  5. El Comité Olímpico Provincial, definirá:
    • Fecha de realización del Certamen (dentro del Cronograma establecido por la O.I.A.).
    • Lugar (Escuela, Colegio o Universidad) que posea la infraestructura necesaria para el desarrollo del certamen.
    • Colaborará con el Jurado en la selección de los problemas, para ser presentados en el certamen.
  6. Para la programación del “Certamen Provincial”, se deberá tener en cuenta que los alumnos que participarán, son los 3 (tres) alumnos o equipos seleccionados por Nivel, según la Categoría, en los certámenes interescolares correspondiente a las ciudades y zonas de influencia de la Provincia.
  7. El resultado del “Certamen Provincial”, será la selección de:
    • los 3 (tres) mejores alumnos o equipos por Nivel, según la Categoría.
      Estos serán los representantes de la Provincia y zona de influencia para el “Certamen Regional”.
  8. El Coordinador Provincial deberá (como representante del Director de la O.I.A.) mantener un fluido contacto con la Dirección en su Sede de la Universidad Nacional de General San Martín. Mantendrá informado al Director sobre el desarrollo de la Organización a su cargo y le remitirá los resultados del Certamen.
  9. También recibirá de la Dirección, el apoyo que requiera en lo relacionado a dudas sobre temas puntuales, conflictos que se presenten, dudas de interpretación del “REGLAMENTO”, problemas para entrenamiento y práctica de participantes y cualquier otro que pueda presentarse.
  10. El personal que participe en el Certamen cumpliendo las funciones que se detallan, recibirá una nota de “Designación” y un “CERTIFICADO” de la Dirección de la O.I.A. en el que se menciona la función que ha desempeñado.
    1. Coordinador Provincial y Presidente del Comité Olímpico Provincial (1).
    2. Miembro del Comité Olímpico Provincial (5).
    3. Miembro del Jurado Olímpico Provincial (3).

Asimismo, los 3 (tres) alumnos o equipos seleccionados de cada Nivel, según la Categoría, recibirán el DIPLOMA correspondiente al Orden de Mérito obtenido y el resto un CERTIFICADO de participación.

COORDINADORES REGIONALES

Los “Coordinadores Regionales” deberán cumplir las siguientes tareas y tendrán los derechos, responsabilidades y obligaciones que surgen del presente documento.

La función del COORDINADOR REGIONAL, es asistir al Director de la O.I.A. en el desarrollo de la “Instancia Regional”, organizando y coordinando los pasos que se detallan en el presente “Instructivo”. Es también el Representante del Director de la O.I.A. en la Región definida en el Anexo “A” del Reglamento General.

TAREAS:

  1. Difundirá a los Coordinadores Provinciales las características de la fase Regional de la Olimpíada y las condiciones de la misma, mas cualquier otra información que le sea requerida por los que participan en esta fase.
  2. Conformará el “Comité Olímpico Regional”, integrado por los Coordinadores Provinciales de las provincias que forman la Región, asumiendo como coordinador regional, la Presidencia del mencionado Comité.
  3. Conformado el Comité Olímpico Regional, el mismo procederá a seleccionar y designar un “Jurado Olímpico Regional” integrado por 3 (tres) miembros de reconocido prestigio y conocimientos de informática, para cumplir con idoneidad su tarea.
    Será la Función de este Jurado, la evaluación de los resultados del Certamen Regional siendo su fallo “INAPELABLE”.
  4. El Comité Olímpico Regional, definirá:
    • Fecha de realización del Certamen (dentro del Cronograma establecido por la O.I.A.).
    • Lugar (Escuela, Colegio o Universidad) que posea la infraestructura necesaria para el desarrollo del certamen.
  5. Los “Problemas” que se presentarán para el Certamen Regional, serán seleccionados y remitidos por el Comité Olímpico Nacional, (previa coordinación del modo).
  6. Para la programación del “Certamen Regional”, se deberá tener en cuenta que los alumnos que participarán, son los 3 (tres) alumnos o equipos seleccionados por Nivel, según la Categoría, por cada Provincia.
  7. Cada Provincia cumplirá la etapa Provincial, y una vez realizada (con el método de selección), deberá remitir la lista de los alumnos seleccionados al Coordinador Regional, para encarar la organización del “Certamen Regional”.
  8. El resultado del “Certamen Regional”, será la selección de:
    • los 3 (tres) mejores alumnos o equipos por Nivel, según la Categoría.
      Estos serán los representantes de la Región para el “Certamen Nacional”.
  9. El Coordinador Regional deberá (como representante del Director de la O.I.A.) mantener un fluido contacto con la Dirección en su Sede de la Universidad Nacional de General San Martín. Mantendrá informado al Director sobre el desarrollo de la Organización a su cargo y le remitirá los resultados del Certamen.
  10. También recibirá de la Dirección, el apoyo que requiera en lo relacionado a dudas sobre temas puntuales, conflictos que se presenten, dudas de interpretación del “REGLAMENTO”, problemas para entrenamiento y práctica de participantes y cualquier otro que pueda presentarse.
  11. El personal que participe en el Certamen cumpliendo las funciones que se detallan, recibirá una nota de “Designación” y un “CERTIFICADO” de la Dirección de la O.I.A. en el que se menciona la función que ha desempeñado.
    1. Coordinador Regional y Presidente del Comité Olímpico Regional (1).
    2. Miembro del Comité Olímpico Regional (5).
    3. Miembro del Jurado Olímpico Regional (3).

Asimismo, los 3 (tres) alumnos o equipos seleccionados de cada Nivel, según la Categoría, recibirán el DIPLOMA correspondiente al Orden de Mérito obtenido y el resto un CERTIFICADO de participación.